Patentes

Industrial

Son aquellas patentes que tienen por giro: aserradero, panadería, tierra de colores, fabricas, venta de maquinarias, elaboración de productos, etc.


Requisitos:

  • Solicitud a la Alcalde
  • Certificado de Obras. (el cual certifique que la construcción se encuentra apta para local comercial)
  • Iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
  • Resolución sanitaria (si corresponde)
  • Declaración jurada de capital
  • Escritura de la propiedad, contrato de arriendo y/o autorización del propietario (según corresponda)

Comercial

Son aquellas patentes que tienen por giro: abarrotes, almacén de comestible, frutas y verduras, puestos- varios, peluquería, bazar y paquetería, venta de helados y confites, artesanías, etc.

 

Requisitos:

  • Solicitud a la Alcalde
  • Certificado de Obras. (el cual certifique que la construcción se encuentra apta para local comercial)
  • Iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
  • Resolución sanitaria (si corresponde)
  • Declaración Jurada de Capital
  • Escritura de la propiedad, contrato de arriendo y/o autorización del propietario (según corresponda)

Profesional

Las personas que pueden optar a esta patente son aquellas que tienen título profesional o técnico, por ejemplo: médico, contador, arquitecto, etc.

 

Requisitos:

  • Solicitud a la Alcalde
  • Iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
  • Copia Protocolizada del título profesional

Alcohol

Son aquellas patentes que tienen por giro: expendio de cerveza, supermercado, restaurant, distribuidora de vinos, discotheque, etc.

 

Requisitos:

  • Solicitud a la Alcalde
  • Certificado de Obras. (el cual certifique que la construcción se encuentra apta para local comercial)
  • Iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
  • Resolución sanitaria
  • Declaración Jurada de Capital
  • Escritura de la propiedad, contrato de arriendo, y/o autorización del propietario (según corresponda)
  • Certificado de Antecedentes
  • Certificado por consulta a junta de vecinos, más copia del acta de sesión que aprobó la instalación del local comercial en su sector
  • Declaración jurada que cumple con el art. 4 de la ley n° 19.925 * de acuerdo a la ley n° 19.925, ningún empleado público, del estado, profesor, militar, menores de 20 años
  • Informe de Carabineros
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